CÓDIGO ÉTICO
GRUPO RANK EN ESPAÑA 2025
1. Introducción y Valores
Este Código Ético establece los valores y principios que deben presidir la actuación de todos los colaboradores de las sociedades del Grupo RANK en España (en adelante, “Grupo Rank” o “RANK”), en su concepción más amplia, esto es, incluyendo proveedores, empleados y Órganos de Administración. Nuestro compromiso es actuar con integridad, transparencia y responsabilidad en todas nuestras actividades de juego, tanto en las salas de bingo presencial que operamos como a través del juego online de nuestros dominios web.
El Código Ético proporciona un modelo de actuación común para un comportamiento adecuado a las finalidades y actividades de RANK, que fomenta la prevención de delitos en toda la organización.
Este documento establece las normas de conducta y comportamiento coherentes con nuestros valores y que se espera que cumplan las personas que actúan para o bajo el control e influencia de RANK. Este Código no es sustitutivo de las normas internas ya existentes, sino que se suma a las mismas, completando así el cumplimiento por el Grupo Rank de la normativa que le es aplicable. Por su propia naturaleza, este documento no puede abordar todas las situaciones posibles, si no que recoge los aspectos más relevantes, atendiendo al sector en el que el Grupo RANK ejerce su actividad.
El presente código ha sido adaptado a los requisitos legales establecidos por distintas normas (como la Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio, que introdujo como principal novedad la responsabilidad penal de las personas jurídicas, la legislación de prevención de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo, de anticorrupción, de sostenibilidad o de Protección de Datos de Carácter Personal).
En definitiva, este Código contempla las medidas en su ámbito de actuación que son de obligado cumplimiento para todos los que actúan por cuenta de Grupo Rank..
2. Ámbito de aplicación
El presente Código Ético es aplicable a los colaboradores y proveedores de RANK.
También es aplicable a todas las filiales y entidades de nuestro Grupo, así como a todos sus órganos de administración y empleados, teniendo en cuenta que el presente Código Ético se complementa con los principios, valores y normas de comportamiento establecidos en el Código de Conducta de Empleados del GRUPO RANK.
3. Valores éticos
Todo empleado o colaborador de RANK tiene la obligación de actuar con responsabilidad ejerciendo sus funciones con diligencia y manteniendo altos estándares éticos y profesionales.
Todas las actuaciones de los colaboradores de RANK, como consecuencia de su vínculo con la empresa, deberán estar presididas por los siguientes valores éticos :
- Cumplimiento normativo: El colaborador de RANK se compromete a cumplir estrictamente con las leyes aplicables y vigentes en cada momento.
- Responsabilidad y compromiso con la empresa: El colaborador/proveedor de RANK destinará su capacidad técnica y profesional, así como la prudencia y el cuidado adecuados en el desempeño de su actividad. Deberá responsabilizarse de alcanzar la capacidad necesaria para el mejor desempeño de sus funciones y se sujetará a la normativa aplicable según el tipo de servicio o prestación de que se trate, respetando los procedimientos internos pertinentes y evitando actuaciones que puedan reportar perjuicios a RANK o a terceros.
Igualdad de oportunidades y no discriminación: El colaborador de RANK promoverá en todo momento la igualdad de oportunidades en el acceso al trabajo y en la promoción profesional, asegurando en todo momento la ausencia de situaciones de discriminación por razón de sexo, raza, origen, estado civil o condición social. - Respeto a las personas: El acoso, el abuso, la intimidación, y la falta de respeto son inaceptables y no se permitirán ni tolerarán en el trabajo ni en cualquier relación de colaboración. Aquellos miembros del Personal de RANK, especialmente quienes desempeñen funciones de dirección o con personal a cargo en las unidades organizativas, deberán promover y asegurar, con los medios a su alcance, de que dichas situaciones no se produzcan.
- Prevención de riesgos laborales: RANK considera la seguridad y salud laboral de los trabajadores fundamental para lograr un entorno de trabajo confortable y seguro. Por ello, el colaborador de RANK cumplirá con la normativa laboral vigente de cada momento y respetará en todo momento las medidas preventivas aplicables en materia de seguridad y salud laboral, utilizando los recursos designados por RANK para contribuir a cuidar su salud y deberá cumplir con las prescripciones en esta materia. Cualquier situación de incumplimiento de las normas de protección de riesgos laborales debe de ser reportada por los canales correspondientes.
- Integridad y honestidad: Las actividades y relaciones de RANK se basan en la ética, sin tolerar prácticas fraudulentas.
- Protección del medio ambiente: RANK fomenta un compromiso activo y responsable con sus clientes, colaboradores y proveedores con la conservación del medio ambiente. Para ello RANK respeta las exigencias legales y sigue las recomendaciones y procedimientos establecidos en las normas sobre dicha materia para reducir el impacto medioambiental de sus actividades, contribuyendo a mejorar los objetivos de sostenibilidad,.
4. Juego Responsable
RANK promueve un entorno de juego seguro y responsable cumpliendo estrictamente la legalidad vigente. La protección del jugador y nuestro compromiso para mejorar las medidas de juego responsable supone una prioridad para RANK.
RANK no solo busca cumplir con los requisitos regulatorios sino también integrar el juego responsable como un factor clave para sus empleados y clientes.
Para garantizarlo, RANK implementa, entre otras, medidas dirigidas a:
- Control de identidad y edad: Implementamos mecanismos para que ningún menor de edad o persona no autorizada participe en actividades de juego; así como verificamos los registros de exclusión o autoexclusión de jugadores.
- Protección de jugadores vulnerables: Establecemos procedimientos para proteger a aquellos que puedan desarrollar problemas de adicción.
Información clara: Ofrecemos a nuestros clientes información transparente sobre los riesgos asociados al juego, promoviendo prácticas responsables. - Límites de juego: En el juego on-line, implementamos sistemas que permiten a los jugadores establecer límites para controlar su participación y gasto.
- Publicidad y promociones responsables: Cumplimos con las restricciones impuestas en cuanto a publicidad y promociones.
- Formación continua a empleados y colaboradores: Formamos adecuadamente a los empleados en juego responsable y en la identificación de jugadores con posibles problemas de juego. El personal debe estar preparado para actuar de manera proactiva en la protección de los jugadores vulnerables.
5. Prevención del Blanqueo de Capitales
En atención a lo dispuesto en la Ley 10/2010 de 28 de abril, RANK está sujeta a estrictas regulaciones diseñadas para prevenir el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo.
RANK ha implementado una serie de protocolos para la Prevención del Blanqueo de Capitales que son de obligado cumplimiento para su personal. RANK debe cumplir con la obligación de comunicar al SEPBLAC cualquier operación sospechosa que presente indicios de ser constitutiva de blanqueo de capitales o financiación del terrorismo, por lo que debe obtener suficiente información de clientes sobre su identidad, establecer procedimientos de control interno y comunicación, y formar a sus empleados y directivos en cuestiones relativas a la prevención del blanqueo de capitales.
Entre otras obligaciones, de conformidad con la legislación sobre blanqueo de capitales vigente, RANK debe identificar a los clientes que reciban premios de cuantía igual o superior a 2.000 € (recibido en una o en varias jugadas en total entre las que parezca existir algún tipo de relación).
Asimismo, dentro de su política de prevención, RANK ha identificado ciertos comportamientos u operaciones que pueden ser susceptibles de delito de blanqueo de capitales, que han sido protocolizados y objeto de formación a empleados.
6. Protección de datos de carácter personal
Todos los datos de carácter personal serán tratados de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente.
La captación, tratamiento informático y utilización de datos se realizará de forma que se garantice su seguridad, veracidad y exactitud, el derecho a la intimidad de las personas y el cumplimiento de las obligaciones que resultan de la normativa aplicable.
Las personas sujetas a este Código Ético no realizarán operaciones ni ofrecerán información en base a información confidencial de clientes o proveedores que posean como consecuencia de su desempeño profesional en la empresa.
Es información confidencial y privilegiada toda información relativa a los datos personales de los colaboradores y clientes al amparo de la legislación de Protección de Datos de Carácter Personal.
Las obligaciones concretas del puesto de trabajo con respecto a la protección de datos de carácter personal han sido desarrolladas en el documento “Reglamento general de protección de datos: funciones y obligaciones del personal” aprobado por la empresa.
Especial relevancia tendrán los datos de clientes que se hayan inscrito en algún fichero de prohibidos. Dicha información nunca deberá ser revelada.
7. Información Confidencial
La información confidencial que reciban los colaboradores de RANK ya sea sobre RANK, sus negocios, sus empleados o clientes, en el curso del cumplimiento de sus funciones, debe ser tratada con secreto profesional. Será información confidencial todos aquellos datos o información no pública que conozcan como consecuencia del ejercicio de su actividad profesional. En consecuencia, el colaborador deberá utilizar dichos datos o información exclusivamente para el desempeño de su actividad profesional en relación con el Grupo RANK, y no podrá facilitar dicha información más allá d e los casos previstos en las normas de aplicación.
Dicha información no debe utilizarse para beneficios personales ni para el beneficio de terceros. La divulgación y difusión de información confidencial debe gestionarse de acuerdo con las políticas de la empresa, el contrato de trabajo, así como las leyes de competencia. La obligación de confidencialidad se extiende a los periodos posteriores a la finalización del puesto de trabajo en RANK o servicio prestado para RANK e incluye la divulgación de información a terceros.
Asimismo, se debe tener en cuenta que cualquier información puede ser sensible si no está disponible públicamente pues su divulgación al público podría ser lo suficientemente significativa como para afectar al precio de las acciones de la sociedad matriz de RANK.
8. Anti-Corrupción
La política RANK es de tolerancia cero hacia el soborno y la corrupción, y se compromete a actuar de manera profesional, justa e íntegra en todas sus relaciones y tratos comerciales.
Un soborno se refiere a un incentivo o recompensa financiera o de otro tipo para realizar una acción que sea ilegal, poco ética, una violación de confianza o impropia de alguna manera. Los sobornos pueden tener forma de dinero, regalos, préstamos, honorarios, hospitalidad, servicios, descuentos, la adjudicación de un contrato o cualquier otro beneficio o ventaja. Esto incluye ofrecer, prometer, dar, aceptar o solicitar un soborno. El importe del soborno ofrecido o pagado es irrelevante y no es necesario que realmente se pague. El pago o la recepción de un pago a cambio de asegurar un contrato es una forma de soborno. Todas las formas de soborno están estrictamente prohibidas.
9. Vinculación al Código de Conducta del Grupo RANK
Este Código Ético se complementa con Código de Conducta para empleados que es de obligado cumplimiento para éstos.
El personal de RANK actuará siempre en el mejor interés de la empresa, haciendo una utilización adecuada de los medios puestos a su disposición y evitando actuaciones que puedan reportarle perjuicios a la misma (por ejemplo, daños informáticos, infracciones en materia de protección de datos, de irregularidades contables, inadecuado control de acceso a las instalaciones, etc.).
El incumplimiento del Código Ético o Código de Conducta para empleados, puede conllevar sanciones disciplinarias, incluida la finalización de la relación laboral.
10. Transparencia y Denuncias
Dadas las graves consecuencias que una acción ilícita puede suponer para la organización y, en general, para todos los que forman parte del Grupo RANK, es de gran importancia que exista un compromiso por parte de todos de denunciar un hecho interno del que existan indicios racionales de ilegalidad o de incumplimiento de este Código Ético.
En este sentido, RANK pone a disposición de los empleados un canal de denuncias (www.safecall.co.uk/report), a fin de proporcionar un mecanismo para comunicar cualquier situación sospechosa de estar infringiendo el presente Código Ético o situaciones relacionadas con cualquier persona de RANK en relación con el fraude, robo, acoso, corrupción etc. RANK ofrece a todos los empleados el protocolo de actuación: “!Hazte oír!, Política de irregularidades de Rank Group, Ref: C005” donde consta toda la información sobre dicho canal de denuncias a disposición de los empleados. Rank garantiza la confidencialidad de dicho canal.
Adicionalmente, cumpliendo con el artículo 25 de la Ley 2/2023 de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, RANK también proporciona a sus proveedores y clientes un canal de comunicaciones anónimo y confidencial para facilitar la comunicación de comportamientos presuntamente delictivos, todo ello con el fin de detectar y poder tratar tempranamente el incumplimiento de leyes o normas por el personal de la organización: [email protected]. La comunicación o reporte a este canal deberá contener una descripción detallada de la incidencia o sospecha, a los efectos de facilitar las labores de investigación oportunas.
***